Saltar al contenido

Artículo SEGUNDO transitorio de la Ley 20.387

Faculta renovación de bonificación por retiro voluntario creada por ley n° 20.135, y crea bonificación adicional para los funcionarios municipales que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1007981 / 8799834.

Texto oficial

Artículo segundo.- El plazo establecido en el artículo primero transitorio de la ley N° 20.305 para impetrar el beneficio contemplado en dicha norma, excepcionalmente, para el personal que tenga derecho a acceder a las bonificaciones a que se refieren los artículos 1° y 5° de la presente ley, se computará desde la entrada en vigencia de esta última.