Texto oficial
Artículo 33.- La definición de los programas u
objetivos de mejoramiento de la gestión, el grado de
cumplimiento y,o definición del porcentaje de asignación
que corresponda a los funcionarios con derecho a ellas, así
como las modificaciones que procedan, respecto de las
asignaciones de los artículos 4° de la ley Nº 19.490, 14
de la ley Nº 19.479 y las que se fijen en virtud de lo
dispuesto en el artículo 25 del decreto ley Nº 531, de
1974, se formalizarán mediante decreto supremo expedido por
el o los Ministerios respectivos, bajo la fórmula "Por
orden del Presidente de la República".