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Artículo 7 de la Ley 20.393 · Establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos que indica

Establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1008668 / 8811443.

Texto oficial

Artículo 7°.- Circunstancias agravantes. Constituyen circunstancias agravantes de la responsabilidad penal de la persona jurídica: 1. La de haber sido condenada dentro de los diez años anteriores a la perpetración del hecho. 2. Las que afecten a la persona natural que hubiere perpetrado o intervenido en el hecho, cuando su perpetración o intervención bajo esas circunstancias también se hubiere visto favorecida o facilitada por la falta de implementación efectiva de un modelo adecuado de prevención de delitos.