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Artículo SÉPTIMO de Auto Acordado S/N

Auto acordado sobre ingresos, formación de tablas y vista de las causas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1008701 / 8812043.

Texto oficial

SÉPTIMO.- Si, concluida la hora de audiencia, queda pendiente alguna causa y no se acuerda prorrogar aquélla en el acto, se continuará con ella en la sesión inmediatamente siguiente, a continuación de las causas que tuvieren preferencia.