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Artículo VIGESIMOSEGUNDO de Auto Acordado S/N

Auto acordado sobre ingresos, formación de tablas y vista de las causas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1008701 / 8812059.

Texto oficial

VIGESIMOSEGUNDO.- Continuación de la vista. La vista de las causas que, excepcionalmente, dada su extensión y complejidad, no haya podido ser concluida en la audiencia respectiva y quede con relación o alegatos pendientes, deberá proseguirse en la audiencia más próxima que señale el Presidente del Tribunal o de la Sala, según corresponda.