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Artículo 2 de la Ley 20.410 · Modifica la ley de concesiones de obras públicas y otras normas que indica

Modifica la ley de concesiones de obras públicas y otras normas que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1010304 / 8846793.

Texto oficial

Artículo 2º.- Intercálase, en el inciso primero del artículo 114 del decreto con fuerza de ley N° 1, del Ministerio de Justicia, de 2007, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.290, a continuación de la expresión "dispositivo electrónico", el vocablo "habilitado", y, a continuación de la palabra "sancionada", la frase "con una multa de una unidad tributaria mensual y para todos los efectos se entenderá como una infracción grave".