Texto oficial
Artículo 61.- La presente ley no afectará las
facultades y competencias que la ley Nº 18.902 entrega a la
Superintendencia de Servicios Sanitarios en materia de
supervigilancia, control, fiscalización y sanción del
cumplimiento de las normas relativas a la prestación de los
servicios públicos de agua potable y alcantarillado que
realicen las concesionarias de servicios sanitarios.