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Artículo 62 de la Ley 20.417

Crea el ministerio, el servicio de evaluación ambiental y la superintendencia del medio ambiente

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1010459 / 8848204.

Texto oficial

Artículo 62.- En todo lo no previsto en la presente ley, se aplicará supletoriamente la ley Nº 19.880.".