Texto oficial
Artículo 3º.- Toda persona tiene derecho a la
confidencialidad y privacidad sobre sus opciones y conductas
sexuales, así como sobre los métodos y terapias que elija
para la regulación o planificación de su vida sexual.
Fija normas sobre información, orientación y prestaciones en materia de regulación de la fertilidad
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1010482 / 8850472.