Texto oficial
Artículo 11.- Los interesados que hayan obtenido incentivos del sistema sólo podrán postular nuevamente al beneficio por el mismo predio una vez que hayan cumplido totalmente el plan de manejo anteriormente aprobado.
Establece un sistema de incentivos para la sustentabilidad agroambiental de los suelos agropecuarios
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1010857 / 8868268.