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Artículo 12 de la Ley 20.412

Establece un sistema de incentivos para la sustentabilidad agroambiental de los suelos agropecuarios

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1010857 / 8868269.

Texto oficial

Artículo 12.- Quienes se consideren perjudicados en el proceso de selección para la obtención de incentivos tendrán derecho a solicitar la reconsideración de su situación ante el Director Regional del Instituto de Desarrollo Agropecuario o ante el Director Regional del Servicio Agrícola y Ganadero, según corresponda, en la forma que establezca el reglamento. En tanto no se resuelvan tales recursos no se entenderá a firme la lista de seleccionados.