Texto oficial
Artículo 1º.- El aumento del monto de la patente por
concepto de concesiones o autorizaciones de acuicultura,
cuyo proyecto técnico considere peces exóticos, consagrado
en el artículo 84 de la Ley General de Pesca y Acuicultura,
entrará en vigencia de acuerdo al siguiente calendario:
a) En el año 2010: 4 UTM por hectárea.
b) En el año 2011: 6 UTM por hectárea.
c) En el año 2012: 8 UTM por hectárea.
d) A partir del año 2013: 10 UTM por hectárea.
Durante los años 2010 a 2015, los titulares de
concesiones o autorizaciones de acuicultura de peces
exóticos que hayan utilizado, en el año calendario
anterior, la franquicia tributaria para capacitación de sus
trabajadores hasta por el 90% del total del 1%, a que se
refiere el artículo 36 de la ley Nº 19.518, tendrán
derecho a un descuento en el cargo por concepto de pago de
la patente única de acuicultura para el año respectivo,
equivalente a un 33% de la diferencia resultante entre el
valor de la patente que se deba pagar, de conformidad con el
inciso anterior, y el valor de la patente vigente al 1 de
enero del año 2009, multiplicada por el número de
hectáreas por el cual el titular del centro de cultivo
pagó la patente el año calendario anterior. En el caso que
el descuento sea superior al cargo que corresponda pagar por
concepto de patente el año respectivo, el saldo expresado
en UTM se imputará al pago de la patente del año o años
siguientes, según corresponda.