Texto oficial
Artículo 10.- La ubicación de las solicitudes de
relocalización que sean presentadas en las Regiones de Los
Lagos y de Aisén del General Carlos Ibáñez del Campo, de
conformidad con el artículo 5º de esta ley, será
informada por el Director Zonal de Pesca mediante reuniones
periódicas a las que serán convocados los representantes
de las organizaciones de la pesca artesanal de la región
respectiva. Dichos representantes podrán manifestar sus
observaciones en el plazo de 10 días hábiles contado desde
la comunicación. Esta información se publicará por el
mismo plazo en el sitio de dominio electrónico de la
Subsecretaría de Pesca, pudiendo cualquier interesado
formular sus observaciones.