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Artículo 11 de la Ley 20.434 · Modifica la ley general de pesca y acuicultura en materia de acuicultura

Modifica la ley general de pesca y acuicultura en materia de acuicultura

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1012014 / 8906097.

Texto oficial

Artículo 11.- En el plazo de seis meses, contado desde la entrada en vigencia de la presente ley, se dictará el reglamento a que se refiere el artículo 87 de la Ley General de Pesca y Acuicultura, para complementar las medidas destinadas a prevenir los escapes de especies hidrobiológicas y establecer las acciones de mitigación de los impactos de dichos eventos.