Texto oficial
Artículo 21.- Composición. La señalada Comisión
estará conformada por los siguientes miembros, con derecho
a voto:
1. El Subsecretario del Interior, o quien este designe,
quien la presidirá.
2. Dos representantes del Ministerio del Interior.
3. Dos representantes del Ministerio de Relaciones
Exteriores. Los representantes de las referidas Carteras,
así como sus reemplazantes, serán nombrados por los
respectivos Ministros. Podrá asistir a las reuniones de la
Comisión un representante del Alto Comisionado de las
Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR).