Texto oficial
Artículo 43.- Será considerado criterio de exclusión
para diagnosticar Trastorno de Déficit Atencional, si las
dificultades presentadas son secundarias, es decir derivan
de otras circunstancias que no son propias del Trastorno de
Déficit Atencional. En estos casos, los o las estudiantes
serán derivados al centro de salud correspondiente para que
reciban la atención especializada que requieran, siendo de
competencia del establecimiento educacional entregar los
apoyos educativos que cualquier niño, niña o adolescente
necesite en tales circunstancias.