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Artículo PRIMERO transitorio de la Ley 20.431

Establece normas que incentivan la calidad de atención al contribuyente por parte del servicio de impuestos internos

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 1012829 · idParte: 8914622

Texto oficial

Artículo primero.- Establécese una bonificación para los funcionarios del Servicio de Impuestos Internos, que equivaldrá al cuociente que resulte de dividir $800.000.000 por el total de dichos funcionarios que, de conformidad a lo establecido en los incisos segundo y siguientes del artículo 1º, tengan derecho a percibirla. El monto que corresponda a cada funcionario se pagará en una sola cuota, conjuntamente con la remuneración correspondiente al mes siguiente al de entrada en vigencia de la presente ley.".