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Artículo 15 de la Ley 20.444

Crea el fondo nacional de la reconstrucción y establece mecanismos de incentivo tributario a las donaciones efectuadas en caso de catástrofe

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1013716 / 8921851.

Texto oficial

Artículo 15.- Exclusión de empresas del Estado y otras. No podrán acogerse a estos beneficios las empresas del Estado o en las que éste o sus instituciones tengan más de un 50% de participación.