Texto oficial
Artículo 16.- Incompatibilidad de beneficios
tributarios. Las donaciones acogidas a los beneficios
tributarios regulados en esta ley, no podrán, a su vez,
acogerse a otros beneficios tributarios contemplados en
otras leyes.
Crea el fondo nacional de la reconstrucción y establece mecanismos de incentivo tributario a las donaciones efectuadas en caso de catástrofe
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1013716 / 8921852.