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Artículo 2 transitorio de la Ley 20.447

Introduce en la ley orgánica constitucional del congreso nacional las adecuaciones necesarias para adaptarla a la ley nº 20.050, que reformó la constitución política de la república

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1014377 / 8940995.

Texto oficial

Artículo 2°.- El primer Consejo Resolutivo de Asignaciones Parlamentarias se elegirá dentro de los noventa días siguientes a la publicación de esta ley.