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Artículo 3 transitorio de la Ley 20.447

Introduce en la ley orgánica constitucional del congreso nacional las adecuaciones necesarias para adaptarla a la ley nº 20.050, que reformó la constitución política de la república

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1014377 / 8940996.

Texto oficial

Artículo 3°.- El reglamento del Comité de Auditoría Parlamentaria deberá quedar aprobado a más tardar dentro de los ciento ochenta días siguientes a la publicación de esta ley. Las designaciones del primer Comité de Auditoría Parlamentaria deberán efectuarse a más tardar el 31 de enero de 2011 y el Comité deberá constituirse antes del 31 de marzo de 2011.