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Artículo 19 del Decreto 113

Aprueba nuevo estatuto general de la cruz roja chilena

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1014820 / 8937430.

Texto oficial

Artículo 19.- La Asamblea Nacional de la Cruz Roja Chilena, es el órgano de gobierno de la Cruz Roja Chilena y está dotada de atribuciones destinadas a mantener la Misión y Visión, a aprobar las directivas, objetivos y Plan Estratégico en el ámbito nacional y dar su aprobación a las políticas para la acción de la Institución.