Texto oficial
Artículo 19.- La Asamblea Nacional de la Cruz Roja Chilena, es el órgano de gobierno de la Cruz Roja Chilena y está dotada de atribuciones destinadas a mantener la Misión y Visión, a aprobar las directivas, objetivos y Plan Estratégico en el ámbito nacional y dar su aprobación a las políticas para la acción de la Institución.