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Artículo 56 del Decreto 113

Aprueba nuevo estatuto general de la cruz roja chilena

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1014820 / 8937490.

Texto oficial

Artículo 56.- Forman parte del patrimonio de la Cruz Roja Chilena los bienes muebles e inmuebles que posean y adquieran a cualquier título sus organismos, Comités Regionales y Filiales o que provengan de servicios prestados a la Comunidad. La facultad de disponer de dichos bienes, para los fines de la Institución, corresponde exclusivamente a la Junta de Gobierno Nacional.