Texto oficial
Art. 21. La educación superior es aquella que tiene
por objete la preparación y formación del estudiante en un Ley Nº 20.370 Art.
nivel avanzado en las ciencias, las artes, las humanidades y 21 D.O. 12.09.2009
las tecnologías, y en el campo profesional y técnico.
El ingreso de estudiantes a la educación superior
tiene como requisito mínimo la licencia de educación
media.
La enseñanza de educación superior comprende
diferentes niveles de programas formativos, a través de los
cuales es posible obtener títulos de técnico de nivel
superior, títulos profesionales, grados académicos o
títulos universitarios o sus equivalentes.