Texto oficial
Art. 37. Le corresponderá a la Agencia de Calidad de
la Educación diseñar e implementar el sistema nacional de Ley Nº 20.370 Art.
evaluación de logros de aprendizaje. Esta medición 37 D.O. 12.09.2009
verificará el grado de cumplimiento de los objetivos
generales a través de la medición de estándares de
aprendizaje referidos a las bases curriculares nacionales de
educación básica y media. La Agencia deberá contar con
instrumentos válidos y confiables para dichas evaluaciones,
que se apliquen en forma periódica a lo menos en un curso,
tanto en el nivel de educación básica como en el de
educación media, e informar los resultados obtenidos. Estas
mediciones deberán informar sobre la calidad y equidad en
el logro de los aprendizajes a nivel nacional.
Las evaluaciones nacionales e internacionales se
desarrollarán de acuerdo a un plan de, a lo menos, cinco
años, elaborado por el Ministerio de Educación, aprobado
previo informe favorable del Consejo Nacional de Educación,
emitido conforme al procedimiento del artículo 86. Este
plan deberá contemplar las áreas curriculares que son
objeto de evaluación, los grados de educación básica y
media que son medidos, la periodicidad de la evaluación y
las principales desagregaciones y modos de informar
resultados.
Las evaluaciones nacionales periódicas serán
obligatorias y a ellas deberán someterse todos los
establecimientos educacionales de enseñanza regular del
país.
La Agencia de Calidad de la Educación deberá informar
públicamente los resultados obtenidos a nivel nacional y
por cada establecimiento educacional evaluado. En caso
alguno la publicación incluirá la individualización de
los alumnos. Sin perjuicio de lo anterior, los padres y
apoderados deberán ser informados de los resultados
obtenidos por sus hijos cuando las mediciones tengan
representatividad individual, sin que tales resultados
puedan ser publicados ni usados con propósitos que puedan
afectar negativamente a los alumnos, en ámbitos tales como
selección, repitencia u otros similares.
La Agencia de Calidad de la Educación coordinará la
participación de Chile en mediciones internacionales de
aprendizaje de los alumnos, debiendo informar públicamente
sobre sus resultados.