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Artículo 108 del Decreto Con Fuerza de Ley 2

Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley nº20.370 con las normas no derogadas del decreto con fuerza de ley nº 1, de 2005

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 1014974 · idParte: 8940752

Texto oficial

Ley Nº 18.962 Art. Art. 108. Los establecimientos de educación superior 79 (80) D.O. establecerán en sus respectivos estatutos los mecanismos 10.03.1990 que resguarden debidamente los principios a que se hace DFL Nº 1, de 2005, referencia en los artículos anteriores. del Ministerio de Educación Art. 83 D.O. 21.02.2006