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Artículo 14 del Decreto Con Fuerza de Ley 4

Fija planta de personal del ministerio del medio ambiente y del servicio de evaluación ambiental y regula las demás materias a que se refiere el artículo segundo transitorio de la ley n° 20.417

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1015240 / 8946658.

Texto oficial

Artículo 14.- Establécese que mediante decreto expedido de conformidad a lo señalado en el inciso segundo del numeral 2) del artículo segundo transitorio de la Ley N°20.417 dentro del plazo de 60 (sesenta) días, contados desde la publicación de este decreto con fuerza de ley, se dispondrá el encasillamiento en la planta fijada en el artículo 11 de esta norma, del personal titular de planta de la Comisión Nacional del Medio Ambiente traspasado. Para este efecto, no serán exigibles los requisitos que se establecen en el artículo 12 de este decreto con fuerza de ley.