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Artículo 51 del Decreto Con Fuerza de Ley 5

Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley n° 17.997, orgánica constitucional del tribunal constitucional.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1016103 / 8962851.

Texto oficial

LEY N° 17.997 Art. Artículo 51. Habiéndose pronunciado el Tribunal sobre 37 D.O. 19.05.1981 la constitucionalidad de las normas de un tratado o de un LEY N° 20.381 Art. proyecto de ley orgánica constitucional o de ley que Único N° 39 D.O. interprete algún precepto de la Constitución Política, en 28.10.2009 los términos señalados en los artículos anteriores, no se admitirá a tramitación en el Tribunal ningún requerimiento para resolver cuestiones sobre constitucionalidad de dichos proyectos o de uno o más de sus preceptos. Resuelto por el Tribunal que un precepto legal es LEY N° 20.381 Art. constitucional, no podrá declararse inaplicable por el Único N° 39 D.O. mismo vicio materia del proceso y de la sentencia 28.10.2009 respectiva.