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Artículo 93 del Decreto Con Fuerza de Ley 5

Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley n° 17.997, orgánica constitucional del tribunal constitucional.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1016103 / 8962899.

Texto oficial

LEY N° 20.381 Art. Artículo 93. En el caso del número 7° del artículo Único N° 58 D.O. 93 de la Constitución Política de la República, la 28.10.2009 cuestión de inconstitucionalidad podrá ser promovida por el Tribunal Constitucional actuando de oficio y por las personas legitimadas a que se refiere el inciso duodécimo del mismo artículo. Esta cuestión no podrá promoverse respecto de un tratado ni de una o más de sus disposiciones.