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Artículo 100 del Decreto Con Fuerza de Ley 5

Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley n° 17.997, orgánica constitucional del tribunal constitucional.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1016103 / 8962906.

Texto oficial

LEY N° 20.381 Art. Artículo 100. El plazo para dictar sentencia será de Único N° 58 D.O. treinta días, contado desde que concluya la tramitación de 28.10.2009 la causa, término que podrá ser prorrogado hasta por otros quince días, por resolución fundada del Tribunal.