Saltar al contenido

Artículo 15 del Decreto Ley 345

Decreto Ley 345

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1016627 / 8971545.

Texto oficial

Art, 15. Las obras que tienen constituida propiedad intelectual anunciaran en lugar visible de cada ejemplar el número del Rejistro. Sin este requisito no podrá reclamarse la esclusividad del goce de los derechos que confiere esta lei.