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Artículo N° 12 de la Ley S/N · Privilejio esclusivo.

Privilejio esclusivo.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1016800 / 8973648.

Texto oficial

12. Si el autor ó editor de una obra no quisiese gozar de este privilejio y omitiere las formalidades prescritas en el artículo décimo, el impresor estará obligado a entregar los mismos tres ejemplares a la biblioteca pública de Santiago.