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Artículo 8 del Decreto 156

Reglamenta revisiones tecnicas y la autorizacion y funcionamiento de las plantas revisoras

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 10183 / 7139536.

Texto oficial

Artículo 8°.- Las revisiones técnicas comprenderán principalmente los siguientes rubros: a) Sistema de dirección; b) Sistema de frenos; c) Sistema de luces; d) Ruedas: llantas y neumáticos; e) Estructura del chasis, sistema de suspensión y transmisión; f) Sistema de alimentación de combustible, sistema de escape y emisión de contaminantes; g) Parabrisas y vidrios; h) Carrocería, puertas, asientos y ventilación; i) Espejos de retrovisión, bocina, limpiaparabrisas y elementos de seguridad; y j) Velocímetro e instrumentos.