Texto oficial
Artículo 13°.- Junto con entregar el certificado de
revisión técnica a que se refiere el artículo precedente,
en el caso de que el resultado de la revisión técnica sea
"Aprobado", la Planta Revisora deberá adherir un distintivo
numerado en el parabrisas del vehículo, en un lugar donde
no obstaculice la visión del conductor, sólo a los
vehículos definidos en los numerales i) a v) del inciso
primero del artículo 7° del presente decreto. Los
distintivos serán otorgados correlativamente y sus
características serán las que fije el Ministerio de
Transportes y Telecomunicaciones.