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Artículo 9 de la Ley 4.973

Ley 4.973

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1018314 / 9021031.

Texto oficial

Art.9º.- La Comisión de Control podrá exigir declaraciones juradas respecto de cualesquiera operaciones que se relacionen con la presente ley, como también la presentación de libros de contabilidad, correspondencia y documentos que examinará directamente o por medio de delegados.