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Artículo 25 de la Ley S/N · Organización i atribuciones de las municipalidades

Organización i atribuciones de las municipalidades

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1019770 / 9064442.

Texto oficial

Art. 25.- Las municipalidades ejercerán las funciones de cuerpos administrativos de los intereses locales en toda la estension del departamento o territorio municipal; i les corresponde en consecuencia: 1º La promocion del adelantamiento de la localidad i la mejora del servicio administrativo local, en todos sus ramos; 2º La policía administrativa local del departamento o territorio municipal; 3º La direccion e inspeccion superior sobre la administracion de las propiedades o rentas de la comunidad i sobre la recaudacion e inversion de las contribuciones i demás entradas destinadas a proveer a las necesidades de la localidad.