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Artículo 4 de la Ley 20.462

Efectúa aporte extraordinario al fondo común municipal y compensa menores ingresos a comunas afectadas por terremoto y maremoto de 27 de febrero de 2010

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1019846 / 9063421.

Texto oficial

Artículo 4º.- Mediante decreto del Ministerio del Interior, expedido bajo la fórmula "Por orden del Presidente de la República", que llevará además la firma del Ministro de Hacienda, se determinarán los montos que corresponderá transferir a cada municipalidad, según el procedimiento de cálculo señalado en los artículos precedentes.