Texto oficial
Artículo 26.- Sustitúyese, en el inciso primero del
artículo 3° de la ley Nº 19.303, la frase "Ministerios
del Interior y de Economía, Fomento y Reconstrucción", por
"Ministerios del Interior y Seguridad Pública, y de
Economía, Fomento y Turismo".