Texto oficial
Artículo 9°.- Introdúcense las siguientes
modificaciones en el Código Orgánico de Tribunales:
1) Sustitúyese en la letra h) del artículo 14 la
frase "y la ley procesal penal", por la siguiente: ", la ley
procesal penal y la ley que establece disposiciones
especiales sobre el Sistema de Justicia Militar".
2) Intercálase en la letra e) del artículo 18, entre
las palabras "penal" y "les", la expresión "y la ley que
establece disposiciones especiales sobre el Sistema de
Justicia Militar".
3) Derógase el artículo 169.