Texto oficial
Artículo 4°: El Servicio Nacional del Adulto Mayor será el encargado de administrar el Programa de Viviendas Protegidas para Adultos Mayores, así como del proceso de postulación y selección de beneficiarios.
Reglamento que regula el programa de vivienda protegida para adultos mayores
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1021679 / 9091735.