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Artículo 5 del Decreto 104

Reglamento que regula el programa de vivienda protegida para adultos mayores

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1021679 / 9091737.

Texto oficial

Artículo 5º: Para postular como beneficiarios del Programa, en cualquiera de las líneas, los adultos mayores deben cumplir los siguientes requisitos generales: a. Tener 60 años o más; b. Contar con Ficha de Protección Social; c. Pertenecer al quintil I, II o III de acuerdo al puntaje de Carencia Habitacional (RUKAN), correspondiente a la plataforma informática del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, la cual contiene entre otras aplicaciones, una base de datos histórica con la población beneficiaria de sus programas; d. Presentar carencia de redes socio familiares de apoyo; acreditada a través del informe social respectivo. e. No tener una enfermedad física o mental que requiera atención imprescindible en un establecimiento hospitalario; lo que se acerditará con el correspondiente certificado médico, y f. Contar con un familiar o tutor responsable que represente los intereses de la persona mayor ante el Servicio Nacional del Adulto Mayor y la entidad operadora.