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Artículo 7 del Decreto 104

Reglamento que regula el programa de vivienda protegida para adultos mayores

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1021679 / 9091739.

Texto oficial

Artículo 7º: Para la postulación en la línea Residencias Colectivas para Personas Mayores, se deberá además, cumplir con los siguientes requisitos especiales: a. Presentar algún grado de dependencia, de acuerdo a la evaluación funcional realizada por el Servicio Nacional del Adulto Mayor. b. Consentimiento informado de ingreso del residente, o su representante. Con todo, ser dueño de una vivienda no constituirá impedimento para ingresar a una Residencia Colectiva para Personas Mayores.