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Artículo 39 del Decreto 79

Reglamento aplicable a la elaboración de preparados farmacéuticos en recetarios de farmacia

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1022315 / 9102781.

Texto oficial

ARTICULO 39.- Tratándose de envases de tamaño reducido, que se encuentran en contacto directo con la forma farmacéutica, las indicaciones señaladas podrán incorporarse a su envase secundario, siempre que el primario incluya a lo menos las consignadas en las letras a), b), e), f) y j) del artículo precedente.