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Artículo 68º de Auto Acordado S/N

Fija el texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado de los autos acordados sobre funcionamiento y tramitación de las causas y asuntos que deben sustanciarse ante el tribunal calificador de elecciones

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1022494 / 9106026.

Texto oficial

68° Digitalización y captura de los datos contenidos en las Actas de Mesas Receptoras de Sufragios y de los Colegios Escrutadores. La información electoral necesaria para la calificación de las elecciones, contenida en las Actas de Mesas Receptoras de Sufragios y en las Actas y Cuadros de los Colegios Escrutadores, será administrada y provista por la Unidad Electoral de este Tribunal. Las Actas de las Mesas Receptoras de Sufragios y las Actas y Cuadros de los Colegios Escrutadores que sean remitidas, deberán ser publicadas en la página electrónica del Tribunal, inmediatamente de después de ser recibidas.