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Artículo 21 de la Ley S/N · Instrucción primaria.-lei jeneral del ramo

Instrucción primaria.-lei jeneral del ramo

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1022941 / 9110496.

Texto oficial

Art. 21. El que hubiere desempeñado por diez años continuados el cargo de preceptor, si se retirare de la profesion, quedará exento, por vida, del servicio compulsivo en el Ejército.