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Artículo 7 de la Ley 20.493

Crea un nuevo sistema de protección al contribuyente ante las variaciones en los precios internacionales de los combustibles

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1022962 / 9109702.

Texto oficial

Artículo 7°.- Facúltase al Servicio de Tesorerías para transferir a la Cuenta Única Fiscal los saldos de los subfondos específicos de gasolina automotriz, petróleo diesel, gas licuado y petróleos combustibles creados al amparo de la ley N° 19.030, que crea el Fondo de Estabilización de Precios del Petróleo.