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Artículo 7 del Decreto Con Fuerza de Ley 2

Fija normas para la promoción de cargos en las plantas de oficiales penitenciarios y de suboficiales y gendarmes

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1023945 / 9127620.

Texto oficial

Artículo 7º.- Las materias que se considerarán en cada uno de los exámenes habilitantes serán: a) Derecho: Se evaluarán conocimientos en Derechos Humanos, Penitenciario, Administrativo, Penal, Procesal Penal, entre otras áreas atingentes al Servicio. b) Gestión: Se evaluarán conocimientos teóricos y prácticos de habilidades de gestión y administración, propios del cargo al cual se quiere ascender, en el ámbito de la administración, finanzas, recursos humanos, planificación estratégica y desarrollo organizacional. c) Procedimientos Penitenciarios: Se evaluarán conocimientos específicos en procedimientos de seguridad indispensables para el quehacer penitenciario, competencias operativas, criminología, clasificación y segmentación de internos, intervención penitenciaria y post penitenciaria. La ponderación asignada a cada una de estas materias será: 1.- Planta de Oficiales Penitenciarios: - Examen habilitante para ascender al cargo de Teniente Primero, grado 12º: a) Derecho: 40% b) Gestión: 20% c) Procedimientos penitenciarios: 40% - Examen habilitante para ascender al cargo de Teniente Coronel, grado 6º: a) Derecho: 30% b) Gestión: 50% c) Procedimientos penitenciarios: 20% 2.- Planta de Suboficiales y Gendarmes: - Examen habilitante para ascender al cargo de Sargento Primero, grado 12º: a) Derecho: 30% b) Gestión: 50% c) Procedimientos penitenciarios: 20% Los contenidos específicos de las materias examinadas, serán sancionados a través de resolución del Director Nacional de la Institución.