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Artículo 3 del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Ordena traspaso de funcionarios que indica, modifica la planta de personal de la subsecretaría del interior y dispone otras normas complementarias

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1025961 / 9145647.

Texto oficial

Artículo 3°.- Mediante decreto expedido de conformidad con el numeral 2 del artículo primero transitorio de la ley N° 20.502, se dispondrá el encasillamiento del personal traspasado en calidad de titular de la Subsecretaría de Investigaciones, en los cargos de carrera de la planta de personal de la Subsecretaría del Interior señalados en el artículo 8° de este decreto con fuerza de ley, en las plantas de profesionales o administrativos, según corresponda. El encasillamiento del personal titular de planta se efectuará en el grado más cercano al total de remuneraciones que perciba el funcionario traspasado a la fecha del traspaso. Para este efecto, no serán exigibles los requisitos que se establecen en el artículo 9° de este decreto con fuerza de ley.