Texto oficial
Artículo 69º.- En los casos en que se requiera el
cambio de la titularidad y otras modificaciones de registro
sanitario, se procederá a resolverlas conjuntamente.
Aprueba reglamento del sistema nacional de control de los productos farmacéuticos de uso humano
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1026879 / 9153532.