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Artículo 90 del Decreto 3

Aprueba reglamento del sistema nacional de control de los productos farmacéuticos de uso humano

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1026879 / 9153555.

Texto oficial

Artículo 90º.- Las claves estarán formadas por números o por combinaciones de letras y números, debiendo reproducir el mes y el año de fabricación y el número de serie correspondiente a la partida, en orden correlativo y cronológico. En su defecto, podrá emplearse como clave cualquier combinación alfa-numérica pero debiendo consignar, conjuntamente, la fecha de elaboración en mes y año, en todos los rótulos, además de las exigencias generales de rotulado.